HURTO DE UN AUTO EN MADRYN: LA FISCALÍA PIDIÓ PRISIÓN PREVENTIVA, PERO LA DISCUSIÓN TAMBIÉN PASÓ POR LAS PRUEBAS

La Fiscalía cuestionó que un joven de 23 años continúe el proceso en libertad, pese a que la jueza consideró que existía peligro de fuga.

Sin embargo, la información difundida por el Ministerio Público Fiscal deja afuera aspectos centrales de la audiencia: las dudas sobre la autoría de los hechos y los elementos que vinculaban al imputado con ambos episodios.

Dos hechos ocurridos durante la madrugada del sábado 26 de septiembre en Puerto Madryn quedaron bajo investigación: el intento de sustracción de una motocicleta y el hurto de un automóvil Ford Focus, que posteriormente fue localizado en Trelew.

Por ambos episodios fue imputado Ulises Santiago Andia, de 23 años.

La Fiscalía, representada por la procuradora Dra. Melina Leiva, solicitó que permaneciera detenido con prisión preventiva. La jueza Dra. María Alejandra Hernández rechazó el pedido y dispuso que continúe el proceso en libertad, bajo determinadas medidas de coerción.

El comunicado oficial puso el acento en la situación procesal del joven, quien registra ocho causas en trámite y nueve declaraciones de rebeldía. También destacó que la magistrada consideró vigente el peligro de fuga, aunque entendió que no correspondía aplicar la medida más gravosa.

Sin embargo, el relato difundido por la Fiscalía no refleja todos los aspectos que estuvieron en discusión durante la audiencia.

LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA DETENCIÓN

Según la reconstrucción difundida por el Ministerio Público Fiscal, el propietario del Ford Focus había dejado el vehículo estacionado en la zona céntrica, con las llaves colocadas, mientras realizaba compras en un kiosco. El automóvil fue sustraído y posteriormente localizado en el barrio INTA de Trelew.

La información oficial señala que, horas después, un joven se acercó al vehículo y fue detenido cuando intentaba subir. Entre sus pertenencias tenía las llaves originales del automóvil.

Pero la detención en esas circunstancias no resuelve, por sí sola, todas las preguntas sobre la autoría del hurto. Durante la audiencia se plantearon cuestionamientos acerca de la identificación de quienes habían sustraído el vehículo y del alcance del testimonio incorporado a la investigación.

En particular, se indicó que un testigo habría observado a tres personas descender del automóvil en Trelew, sin haber presenciado el hurto. Ese elemento resulta relevante para analizar qué podía darse por acreditado en esa instancia y qué aspectos debían continuar bajo investigación.

También hubo cuestionamientos respecto de la vinculación del imputado con el intento de sustracción de la motocicleta. La imputación fiscal comprendió ambos episodios, pero la discusión sobre la existencia de elementos suficientes para atribuirle esos hechos formó parte del análisis judicial.

LOS ANTECEDENTES Y EL PELIGRO DE FUGA

La Fiscalía fundamentó su pedido de prisión preventiva en la situación procesal del imputado. De acuerdo con el comunicado, Andia registra ocho causas en trámite, cuatro de ellas con acusación presentada y en etapa previa al juicio. Además, cuenta con nueve declaraciones de rebeldía, cuatro de ellas correspondientes a una misma causa.

La jueza consideró que existía peligro de fuga, pero entendió que esa circunstancia no conducía necesariamente a disponer la prisión preventiva.

La diferencia es importante: una cosa es evaluar los riesgos que podrían afectar el desarrollo del proceso y otra, determinar si existen elementos suficientes para atribuirle a una persona los delitos investigados. Son cuestiones relacionadas, pero no equivalentes.

Por eso, la discusión no debería reducirse a la cantidad de causas o rebeldías que registra el imputado. También importa qué se pudo establecer sobre los hechos concretos que motivaron su detención.

UNA RESOLUCIÓN QUE QUEDÓ FIRME

La decisión judicial dispuso que el joven continúe el proceso en libertad, sujeto a medidas de coerción, entre ellas la prohibición de contacto y la prohibición de salir de la ciudad.

La Fiscalía tenía la posibilidad de impugnar la resolución si consideraba que correspondía revisar lo decidido. Sin embargo, la decisión no fue recurrida y quedó firme.

Así, más allá de las diferencias que puedan existir entre el Ministerio Público Fiscal y la magistrada, el caso deja planteada una cuestión central: la prisión preventiva no constituye una respuesta automática frente a la gravedad de una imputación o a los antecedentes procesales de una persona.

La discusión judicial debe contemplar tanto los riesgos para el proceso como los elementos que sostienen la acusación. Y una comunicación institucional que presenta solamente una parte de ese debate corre el riesgo de ofrecer una imagen incompleta de lo ocurrido en la audiencia.

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