La entrada en vigencia del nuevo régimen penal juvenil abrió una discusión que va mucho más allá de la cuestión jurídica. En nuestra Comarca aparece una pregunta elemental, pero todavía sin una respuesta clara: ¿dónde se aloja a un adolescente detenido cuando la infraestructura disponible es limitada y no está claro si existen las condiciones necesarias para responder a las nuevas situaciones?
El nuevo régimen penal juvenil comenzó a aplicarse el 5 de septiembre y alcanzó a una franja etaria que hasta ahora se encontraba fuera del sistema de responsabilidad penal. En la práctica, esto obliga a fiscales, defensores, jueces y policías a afrontar situaciones nuevas y a establecer criterios de actuación para adolescentes de 14 y 15 años.
Pero hay un problema que aparece inmediatamente después de una detención.
¿Qué ocurre durante las primeras horas?
¿A dónde se lleva al adolescente?
¿Quién queda a cargo?
¿En qué lugar espera la audiencia de control?
¿Puede permanecer en una dependencia policial?
¿Durante cuánto tiempo?
¿Quién garantiza que ese alojamiento sea compatible con su condición de menor de edad?
No son preguntas teóricas.
En Comodoro Rivadavia, autoridades judiciales, fiscales, defensores, representantes de la Asesoría de Familia y la conducción policial tuvieron que reunirse precisamente para establecer criterios comunes frente a la falta de infraestructura, lugares y personal especializado.
El fiscal jefe Dr. Cristian Olazábal fue explícito al señalar que actualmente no cuentan con las condiciones necesarias para mantener a menores en situación de detención.
La jueza penal Dra. Mariel Suárez, en esa misma discusión, remarcó que la capacitación por sí sola no alcanza si no existen lugares, personal e infraestructura adecuados.
Entonces la pregunta se vuelve inevitable:
¿Cómo se implementa un régimen que amplía la intervención penal sobre adolescentes si las condiciones materiales para hacerlo todavía generan dudas?
En nuestra Comarca hay un lugar. La pregunta es si alcanza
En la zona de Puerto Madryn, Trelew y el Valle existe una institución que inevitablemente aparece en esta discusión: el COSE, ubicado sobre la doble trocha que comunica Puerto Madryn con Trelew, en inmediaciones del Instituto Penitenciario Provincial.
Por lo tanto, no sería correcto decir simplemente que nuestra región carece de un lugar destinado a adolescentes en conflicto con la ley penal.
Pero la existencia del COSE abre, precisamente, otra serie de interrogantes.
Su capacidad de alojamiento es limitada y sus condiciones edilicias han sido históricamente motivo de preocupación. Frente a la entrada en vigencia del nuevo régimen, resulta necesario conocer cuál es su situación actual y, fundamentalmente, si está en condiciones de responder a las nuevas exigencias.
¿Cuántas plazas tiene actualmente el COSE?
¿Cuántas están ocupadas?
¿Cuántas están realmente disponibles?
¿Puede recibir adolescentes de 14 y 15 años?
¿Cuenta con personal especializado suficiente?
¿Tiene capacidad para recibir a un adolescente de manera inmediata ante una detención?
¿Funciona con una dotación adecuada durante las 24 horas?
¿Y qué ocurre si no hay una plaza disponible?
Son preguntas que no tienen que ver solamente con la infraestructura.
Tienen que ver con la posibilidad concreta de aplicar el nuevo régimen respetando las garantías especiales que corresponden a una persona menor de edad.
El problema no termina en encontrar una cama
Un adolescente privado de su libertad no necesita solamente un lugar físico donde permanecer.
El propio debate que se está dando alrededor del régimen penal juvenil pone en juego cuestiones vinculadas con la protección, la educación, la rehabilitación y la reinserción.
Si se pretende la rehabilitación de un menor, deben existir condiciones concretas para estudiar, trabajar y desarrollar un proceso de resocialización. La cuestión no puede reducirse a la comisión de un delito y a la imposición de una pena.
Por eso, la discusión sobre el COSE no debería limitarse a saber cuántas camas tiene.
También habría que saber:
¿Qué equipo profesional trabaja allí?
¿Con qué recursos?
¿Con qué programa?
¿Con qué presupuesto?
¿Está preparado para atender a la nueva franja de adolescentes alcanzada por el régimen?
Porque una modificación legislativa puede ampliar las responsabilidades del sistema penal, pero eso no crea automáticamente nuevos edificios, nuevas plazas ni nuevos equipos profesionales.
Un antecedente reciente que también genera interrogantes
Hay además un antecedente reciente de Chubut que, aunque pertenece al sistema penitenciario de adultos, merece ser tenido en cuenta al analizar la capacidad del Estado para afrontar las nuevas obligaciones.
En agosto, el juez Marcelo Nieto Di Biase intervino en un hábeas corpus colectivo presentado por personas privadas de libertad a raíz de reclamos vinculados con la alimentación.
La resolución intimó al Poder Ejecutivo provincial a avanzar, en un plazo de 72 horas, con la compra de carne roja destinada a reforzar las viandas de las personas detenidas en el Instituto Penitenciario Provincial y la Alcaidía de Trelew. El reclamo venía planteándose desde meses atrás y estaba relacionado con el contenido proteico de la alimentación.
La medida generó además una fuerte controversia entre el Poder Judicial y el Gobierno provincial. El gobernador Ignacio Torres cuestionó públicamente la resolución y al magistrado.
El episodio no permite, por sí solo, sacar conclusiones sobre el funcionamiento del sistema penal juvenil.
Pero sí plantea una pregunta que resulta difícil de ignorar.
Si el Estado debe responder judicialmente ante reclamos relacionados con una cuestión tan básica como la alimentación de personas que se encuentran bajo su custodia, ¿qué capacidad tiene para asumir las obligaciones adicionales que implica alojar a adolescentes sometidos al nuevo régimen penal juvenil?
No se trata de equiparar ambas situaciones.
Se trata de recordar que la privación de libertad coloca sobre el Estado una responsabilidad concreta respecto de las condiciones en que permanece la persona detenida.
Y en el caso de un adolescente, esas obligaciones son todavía más amplias.
No alcanza con disponer de una plaza.
También hay que garantizar alimentación adecuada, atención médica y psicológica, educación, contención, personal especializado, actividades de rehabilitación y condiciones compatibles con su edad y sus derechos.
Por eso, el antecedente del juez Nieto Di Biase puede servir para formular una pregunta más amplia:
¿Tiene hoy el Estado provincial la capacidad material, presupuestaria y operativa necesaria para garantizar integralmente las condiciones que exige el nuevo régimen penal juvenil?
EL ANTECEDENTE DE COMODORO
Lo que está ocurriendo en Comodoro Rivadavia debería servir como referencia.
Allí, frente a la falta de lugares adecuados, se evaluaron distintas alternativas.
Incluso se planteó la posibilidad de utilizar dependencias policiales, pero esa opción fue descartada por las autoridades por resultar incompatible con las condiciones existentes.
En el primer caso abordado bajo el nuevo régimen, se recurrió al traslado del adolescente a su domicilio y a la realización posterior de la audiencia de control. También se planteó la utilización de herramientas que permitan agilizar los procedimientos en determinados casos.
La pregunta para nuestra zona es entonces muy concreta:
¿Qué protocolo existe para Puerto Madryn, Trelew y las localidades del Valle?
Porque las distancias, la disponibilidad de plazas y los recursos existentes pueden convertir una misma situación judicial en un problema muy diferente según el lugar donde ocurra.
¿Y si el COSE no tiene lugar?
Este puede ser el escenario más incómodo.
Supongamos que mañana un adolescente de 14 o 15 años es detenido en Puerto Madryn, Trelew o alguna localidad del Valle.
La Justicia debe intervenir.
La Policía debe actuar.
El adolescente no puede ser tratado como un adulto.
Pero el COSE tiene una capacidad limitada.
¿Cuál es entonces el procedimiento?
¿Se dispone su permanencia en el domicilio?
¿Se lo traslada a otra localidad?
¿A cuál?
¿Quién realiza el traslado?
¿Quién lo custodia?
¿Existe otro establecimiento habilitado?
¿Quién toma esa decisión?
¿Y qué ocurre mientras esas alternativas se definen?
En Chubut ya se planteó públicamente que uno de los principales desafíos consiste precisamente en determinar dónde permanecerán los adolescentes después de una detención y antes de la audiencia de control.
Desde la Defensa Pública también se advirtió sobre las dificultades que plantea la distancia respecto de los establecimientos especializados existentes en la provincia.
No parece razonable esperar a que aparezca el próximo caso para comenzar a responder estas preguntas.
La capacitación policial tampoco alcanza
La Policía será, en muchos casos, el primer contacto con el adolescente.
Por eso es fundamental saber qué capacitación recibió el personal que actúa como primer preventor.
¿Conoce el nuevo régimen?
¿Sabe qué procedimiento debe seguir ante un adolescente de 14 o 15 años?
¿Conoce sus derechos?
¿Sabe dónde debe trasladarlo?
¿Tiene instrucciones claras sobre cómo actuar en los primeros minutos?
En Comodoro, justamente, uno de los objetivos de la reunión entre los distintos organismos fue establecer criterios uniformes y transmitir al personal policial cuál debe ser la atención primaria ante estas situaciones.
Pero la capacitación aparece acompañada de otra necesidad: infraestructura y personal especializado.
Una cosa no sustituye a la otra.
Una ley no es solamente el texto de la ley
La discusión sobre el régimen penal juvenil tampoco debería reducirse a una pelea entre quienes están a favor o en contra de bajar la edad de responsabilidad penal.
Hay una cuestión anterior y mucho más concreta:
¿Qué Estado tenemos para aplicar esa norma?
Porque una ley puede establecer responsabilidades, procedimientos y sanciones.
Pero después alguien tiene que recibir al adolescente.
Alguien tiene que custodiarlo.
Alguien tiene que elaborar los informes.
Alguien tiene que garantizar su educación y su atención.
Alguien tiene que determinar qué medida corresponde.
Y alguien tiene que contar con un lugar adecuado cuando la privación de libertad sea necesaria.
La Defensa Pública de Chubut ya advirtió sobre las dificultades estructurales de los establecimientos especializados y la distancia respecto de algunas localidades de la provincia.
En nuestra Comarca tenemos el COSE.
Ahora necesitamos saber en qué condiciones está y cuál es su capacidad real.
## Las preguntas que todavía esperan respuesta
El nuevo régimen está vigente.
Por eso, algunas preguntas ya no pueden ser consideradas anticipadas.
¿Cuántas plazas efectivas tiene hoy el COSE?
¿Cuántas están disponibles?
¿Qué ocurre cuando se completa su capacidad?
¿Puede recibir adolescentes de 14 y 15 años?
¿Con qué personal especializado cuenta?
¿Qué presupuesto se destinó para adecuar su funcionamiento al nuevo régimen?
¿Existe un protocolo específico para Puerto Madryn, Trelew y el Valle?
¿Dónde permanece un adolescente durante las primeras horas posteriores a su detención?
¿Quién decide si queda en libertad, vuelve a su domicilio o es trasladado a un establecimiento especializado?
¿Qué sucede durante la noche, los fines de semana o los feriados?
Y quizás la pregunta más importante:
# ¿Estamos preparados para aplicar el nuevo régimen penal juvenil en nuestra Comarca?
No se trata de discutir solamente si la nueva legislación es correcta o incorrecta.
Tampoco de elegir entre “mano dura” o “garantismo”.
Se trata de algo mucho más básico: saber si existen las condiciones para que la ley se aplique de manera efectiva y, al mismo tiempo, respetando los derechos de los adolescentes involucrados.
Porque si el régimen ya está vigente, las respuestas no pueden quedar para después.
Y porque el próximo caso no va a esperar a que aparezca una plaza, se contrate personal o se termine de definir un protocolo.
La ley ya llegó.
Ahora falta saber si el Estado estaba preparado para recibirla.



