Con motivo de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, los gobiernos nacional, provincial y municipal dispusieron distintos asuetos administrativos y días no laborables, con alcances y excepciones que es importante conocer para evitar confusiones sobre el funcionamiento de los organismos públicos y otras actividades durante las próximas semanas.
NACIÓN
El Gobierno nacional decretó asueto para el personal de la Administración Pública Nacional los días martes 24 y martes 31 de diciembre de 2025, sin establecer reducción horaria, aunque instruyó a los organismos a garantizar la continuidad de los servicios esenciales. La medida no alcanza a las instituciones bancarias ni a las entidades financieras, que deberán regirse por su propio régimen.
PROVINCIA DEL CHUBUT
Por su parte, el Gobierno del Chubut dispuso asueto administrativo a partir de las 12 horas los días miércoles 24 y miércoles 31 de diciembre de 2025. Además, declaró no laborables los días viernes 26 de diciembre de 2025 y viernes 2 de enero de 2026, por lo que esos días no habrá actividad en los organismos de la administración pública provincial, salvo guardias y servicios esenciales.
Desde el Ejecutivo provincial se indicó que la medida apunta a reducir aglomeraciones en las jornadas previas a las fiestas, mejorar la seguridad vial y contribuir al ordenamiento del movimiento turístico de fin de año, con impacto positivo en las economías regionales. En el decreto provincial no se realiza ninguna mención específica al funcionamiento de los bancos, por lo que el régimen bancario queda sujeto a lo que dispongan las entidades correspondientes.
MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN
En el ámbito local, el intendente de Puerto Madryn, Gustavo Sastre, resolvió declarar asueto administrativo municipal a partir de las 12 horas los días 24 y 31 de diciembre de 2025, exclusivamente para los organismos dependientes de la Municipalidad. La resolución establece que deberán garantizarse los servicios básicos y la atención indispensable a la comunidad.
COMERCIOS: HORARIOS ESPECIALES
En paralelo, se recordó la plena vigencia de la ordenanza municipal que regula los horarios de cierre de comercios durante las fiestas. Según la Ordenanza Nº 9535/16
Las grandes superficies comerciales deberán cerrar a las 14 horas los días 24 y 31.
El resto de los comercios podrá permanecer abierto hasta las 16 horas.
La restricción no alcanza a los locales atendidos exclusivamente por sus dueños, quienes pueden extender su horario sin infringir la ordenanza.
En síntesis
24 y 31 de diciembre: asueto en Nación (todo el día), Provincia y Municipio (desde las 12).
26 de diciembre y 2 de enero: días no laborables para la administración pública provincial.
Bancos: excluidos del asueto nacional; en Provincia no hay definición expresa.
Municipio: el asueto alcanza solo a dependencias municipales.
La combinación de medidas busca facilitar los traslados, ordenar la actividad administrativa y comercial y garantizar servicios esenciales durante las celebraciones de fin de año.


