PLANETA MADRYN: MARTINELLI FUE ABSUELTO POR LOS AVALES DE LA LISTA 55, PERO LAS FIRMAS CUESTIONADAS Y LOS NOMBRES DE FALLECIDOS QUEDARON EN EL CENTRO DEL JUICIO

Germán Darío Martinelli fue absuelto en el juicio por el uso de documentos falsos vinculados con los avales de la Lista 55 Blanca, que participó de las elecciones de delegados de Servicoop realizadas en diciembre de 2024.

La absolución no significa que el tribunal haya establecido que las firmas cuestionadas fueran auténticas ni que los datos de personas fallecidas incorporados en las planillas no existieran. Esos elementos formaron parte de la acusación y estuvieron en el centro del debate. Lo que no pudo acreditarse, con el grado de certeza exigido para una condena penal, fue que Martinelli supiera que estaba utilizando documentación adulterada.

El Ministerio Público Fiscal había sostenido que entre los avales presentados aparecían firmas que distintas personas desconocieron y datos correspondientes a personas fallecidas. Martinelli había presentado las planillas el 10 de diciembre de 2024, en carácter de apoderado de la lista.

Para la acusación, estaba probado que Martinelli había utilizado esa documentación y que conocía su presunta falsedad. Por ese motivo había solicitado una pena de seis meses de prisión en suspenso, además de inhabilitación especial.

El tribunal, sin embargo, consideró que la prueba reunida no alcanzó para demostrar el elemento subjetivo del delito: que Martinelli hubiera conocido y querido utilizar documentos falsos.

Uno de los puntos centrales fue la ausencia de una pericia caligráfica que permitiera establecer técnicamente que las firmas cuestionadas eran apócrifas. Los testimonios de las personas que no reconocieron esas firmas fueron valorados por el tribunal, pero se consideró que, por sí solos, no alcanzaban para demostrar el conocimiento que la acusación atribuía al imputado.

También tuvo relevancia el padrón de Servicoop. Según surge de la sentencia, ese documento no fue incorporado al debate, por lo que no pudo establecerse con certeza si las personas fallecidas cuyos datos aparecían en las planillas figuraban de esa manera en el padrón que Martinelli habría recibido para confeccionar los avales.

Otro aspecto considerado fue la cantidad de firmas presentadas. Fueron 659 avales, cuando el requisito rondaba los 450. Para el tribunal, ese excedente debilitó la hipótesis de que Martinelli hubiera necesitado recurrir deliberadamente a los siete avales cuestionados para alcanzar el número exigido.

Así, el punto decisivo del juicio no terminó siendo determinar quién confeccionó o cómo llegaron esas planillas a la presentación electoral, sino si podía probarse que Martinelli conocía su eventual falsedad cuando las presentó.

Y allí apareció la duda.

La sentencia sostiene que subsistieron explicaciones compatibles con la inocencia del acusado, entre ellas la posibilidad de que hubiera existido un error o falta de control durante la recolección de las planillas. Frente a esa duda, el tribunal aplicó el principio de “in dubio pro reo” y absolvió a Martinelli del delito de uso de documento falso.

En otras palabras: las irregularidades denunciadas estuvieron en el juicio; lo que no pudo probarse fue el vínculo subjetivo entre esas irregularidades y el conocimiento de Martinelli sobre la falsedad de la documentación

La resolución deja así una diferencia importante entre dos cuestiones: por un lado, los avales con firmas desconocidas y la aparición de personas fallecidas en las planillas; por otro, la imposibilidad de demostrar, con la certeza necesaria para condenar, que el apoderado de la Lista 55 sabía que esos documentos eran falsos al momento de presentarlos.

Por esa duda, y no porque el tribunal haya determinado que los avales cuestionados fueran genuinos, Martinelli fue absuelto.

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