¿ Y AHORA …? LAS ASEGURADORAS YA NO ESTARÁN OBLIGADAS A BRINDAR SERVICIOS DE GRÚAS POR DESPERFECTOS MECÁNICOS

A partir de una nueva resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación, las compañías de seguros ya no estarán obligadas a cubrir el servicio de grúas por desperfectos mecánicos, problemas con la batería, neumáticos o mecánica ligera. Esta medida busca liberar a los ciudadanos de regulaciones excesivas y clarificar sus derechos y obligaciones.

Dentro de los servicios cubiertos seguirán estando los gastos de grúa y traslados en casos de accidentes, incendios, robo o hurto.

Sin embargo, las aseguradoras ya no podrán ofrecer el servicio de grúa por desperfectos mecánicos como parte de la póliza básica.

Los asegurados interesados en este servicio deberán contratarlo de forma adicional, ya sea con la misma compañía de seguros o con un proveedor externo. Se ha establecido un plazo de 90 días para que las aseguradoras adecuen sus pólizas y excluyan los servicios de traslado, a menos que estén vinculados a un accidente o siniestro. Esta medida busca fomentar la libre competencia en el mercado asegurador.

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