AUNQUE RECHAZÓ EL ADN, LA JUSTICIA DETERMINÓ LA PATERNIDAD DE UNA NIÑA EN COMODORO

Un fallo del Juzgado de Familia N°3 de Comodoro Rivadavia estableció la filiación de una menor de edad pese a que el hombre señalado como padre se negó en reiteradas oportunidades a someterse a estudios genéticos.

La resolución se dio en el marco de una demanda iniciada en agosto de 2024 por la madre de la niña, con intervención de la Asesoría de Familia, ante la falta de reconocimiento voluntario por parte del progenitor.

Durante el proceso judicial, el demandado fue citado en más de una ocasión para la realización del examen de ADN, pero no asistió a ninguna de las convocatorias fijadas para septiembre y octubre de 2025. Frente a esta conducta, la magistrada aplicó la presunción legal prevista en el Código Civil y Comercial, que permite tener por acreditado el vínculo biológico cuando una de las partes se niega a la prueba.

A esto se sumaron testimonios que dieron cuenta de la relación existente entre las partes en el período en que se produjo la concepción.

Con estos elementos, el fallo reconoció la filiación extramatrimonial y ordenó que la menor conserve su nombre de pila incorporando el apellido paterno. Además, se fijó una cuota alimentaria provisoria equivalente al 20% de los ingresos mensuales del hombre, con el objetivo de garantizar el sustento inmediato de la niña.

La sentencia también dispuso que el demandado asuma las costas del proceso y ordenó la correspondiente actualización de la partida de nacimiento ante el Registro Civil.

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