La Cámara Penal de Puerto Madryn rechazó la impugnación presentada por la defensa del empresario hotelero Walter March y confirmó la condena de tres años y ocho meses de prisión por el delito de homicidio culposo, en relación con un siniestro vial ocurrido sobre la Ruta Nacional Nº 3, en el que murieron cuatro integrantes de una familia de Caleta Olivia.
El fallo fue dictado este miércoles por los jueces Flavia Trincheri, Rafael Lucchelli y Mónica García, quienes resolvieron mantener la sentencia dispuesta en primera instancia por la jueza penal Dra. Stella Eizmendi.
El hecho que motivó la condena ocurrió cuando el vehículo conducido por March embistió de frente a otro automóvil que se dirigía a Puerto Madryn, ocasionando la muerte de sus cuatro ocupantes. Durante el juicio oral, la fiscalía sostuvo que March conducía de manera temeraria y con conocimiento del riesgo que implicaban sus acciones. La querella, que representó a las familias de las víctimas, acompañó esa línea argumental y pidió una sanción ejemplar.
En la audiencia de revisión, la defensa a cargo del abogado Fabián Gabalachis solicitó la absolución de March o, en su defecto, una reducción de la pena, cuestionando la valoración de las pruebas y la calificación legal del hecho. No obstante, tras analizar los fundamentos de las partes, la Cámara decidió confirmar la sentencia sin modificaciones.
Como ninguna de las partes solicitó el cambio del régimen de detención, March continuará cumpliendo la pena bajo arresto domiciliario, medida que fue dispuesta oportunamente por el tribunal de primera instancia.
El empresario, de 54 años, se encuentra en su domicilio desde el dictado de la prisión preventiva, bajo control judicial.
Según se pudo establecer, la continuidad del arresto domiciliario podría modificarse si alguna de las partes lo solicita formalmente.
En ese caso, la decisión correspondería al juez de turno. También podría mantenerse la modalidad actual si tanto Fiscalía como Defensa coinciden en sostenerla hasta que la condena quede firme.
Además, la defensa aún tiene la posibilidad de recurrir el fallo ante el Superior Tribunal de Justicia de Chubut, a través de un recurso extraordinario local.

