PLANETA MADRYN: FUE EXPULSADO DEL PAÍS EL CIUDADANO BOLIVIANO CONDENADO POR ABUSO SEXUAL DE UNA MENOR

En los primeros minutos de este viernes se concretó el procedimiento de expulsión del país del ciudadano boliviano Jhoy Roger Montaño Coca, condenado por el delito de abuso sexual de una menor.

La medida fue dispuesta por la jueza de Ejecución Penal de Puerto Madryn, Carla Jesica Flores, en el marco de un incidente de ejecución tramitado bajo el expediente 112560/2016.

El procedimiento se llevó a cabo en la Comisaría 2° de esta ciudad, donde cerca de la medianoche se hizo presente una comitiva de la Policía Federal Argentina.

El detenido fue entregado formalmente a los efectivos federales, quienes se encargaron del cumplimiento de la orden judicial de extrañamiento —es decir, la expulsión del territorio nacional—.

Montaño Coca fue trasladado por vía aérea hacia la República de Bolivia, su país de origen, en cumplimiento de lo previsto por el artículo 64 de la Ley de Migraciones N° 25.871, que permite la expulsión de personas extranjeras condenadas por delitos graves, una vez cumplido un tramo de la pena impuesta.

Este caso, junto a otras resoluciones recientes de la misma magistrada que dispusieron la expulsión de dos ciudadanos chilenos condenados por delitos de gravedad, marcó un cambio de criterio en la ejecución de penas en Chubut.

A partir de estas decisiones, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia recomendó formalmente a todos los jueces de ejecución penal que revisen los legajos de personas extranjeras condenadas por delitos dolosos graves, a fin de evaluar la procedencia del extrañamiento. La intención es aplicar de manera efectiva una herramienta legal que existe desde hace años, pero que hasta ahora había sido poco utilizada.

La resolución judicial en el caso de Montaño Coca fue notificada digitalmente mediante el Registro N° 1737/25 y se comunicó también a la Oficina Judicial local a través de mensajería directa.

Con esta medida, se consolida una línea jurisprudencial que promueve el uso del mecanismo de extrañamiento para evitar que personas extranjeras condenadas por delitos especialmente sensibles, como los abusos sexuales contra menores, permanezcan en el país una vez cumplido el período necesario para su expulsión legal.

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