La salida de YPF de los yacimientos maduros de Chubut, que ya había generado una fuerte disputa política entre el Gobierno provincial, la Municipalidad de Comodoro Rivadavia y dirigentes de origen comodorense, acaba de abrir un nuevo capítulo: un grupo de vecinos y abogados, con el acompañamiento de la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, presentó un amparo ambiental colectivo ante la Justicia Federal de Rawson para pedir que se declare la nulidad del acuerdo firmado entre la Provincia e YPF.
La acción, caratulada “Spíndola, Jorge y otro c/ Provincia del Chubut y otros s/ Amparo Ambiental”, fue radicada en el Juzgado Federal de Rawson N° 1 y tiene como demandados al Estado Nacional, la Provincia del Chubut e YPF S.A.
Entre quienes impulsan y patrocinan la presentación se encuentran abogados constitucionalistas y especialistas en materia ambiental, entre ellos Raúl Heredia y Alfredo Pérez Galimberti.
El planteo judicial cuestiona, entre otros aspectos, la Ley Provincial XVII N° 166, mediante la cual se ratificó el Acta Acuerdo del 26 de junio de 2026. Los amparistas sostienen que el convenio vulnera el denominado “orden público ambiental”, al establecer una compensación y otorgar indemnidad respecto de pasivos ambientales sin que, según afirman, haya existido una evaluación científica, independiente y participativa de su verdadera magnitud.
“NO SE PUEDE RENUNCIAR AL PASIVO AMBIENTAL”
En diálogo con Jornada Radio, el abogado constitucionalista Raúl Heredia fue particularmente crítico con ese aspecto del acuerdo.
Según explicó, los derechos ambientales involucrados son de carácter colectivo y, por lo tanto, no pueden ser dispuestos libremente por quienes suscribieron el convenio. Para los impulsores del amparo, la renuncia al pasivo ambiental no puede hacerse sin la participación de quienes viven en el territorio afectado.
Heredia puso especialmente el acento en la falta de una instancia previa de información y participación ciudadana. Invocó, entre otras normas, las obligaciones derivadas del Acuerdo de Escazú, que establece derechos de acceso a la información y participación en asuntos ambientales.
El abogado también cuestionó que la determinación del pasivo se haya realizado —según sostiene la presentación— sin un estudio objetivo e independiente y sin participación de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia.
Y allí aparece uno de los puntos políticamente más sensibles del conflicto: la ciudad que durante más de un siglo convivió con la actividad petrolera y sus consecuencias reclama tener voz en la determinación de qué queda, cuánto cuesta remediarlo y quién debe hacerse cargo.
LOS US$25 MILLONES, EN EL CENTRO DE LA DISCUSIÓN
Otro de los cuestionamientos está dirigido a la compensación económica acordada, de 25 millones de dólares.
Heredia señaló particularmente la incorporación de Restinga Alí al nuevo acuerdo. Según explicó, ese yacimiento había sido objeto de un tratamiento legislativo anterior y contemplaba una compensación de 25 millones de dólares. A criterio de los amparistas, su inclusión en el nuevo convenio termina modificando aquella situación y constituye una vulneración del principio de no regresión ambiental.
El abogado calificó esa incorporación como un “contrabando legislativo”, expresión que forma parte de su interpretación y que deberá ser evaluada dentro del proceso judicial.
Pero además planteó una diferencia que seguramente será uno de los ejes de la discusión: el monto acordado con Chubut aparece, según los datos citados por los impulsores del amparo, muy por debajo de las cifras vinculadas con la remediación de los pasivos.
Heredia habló de estimaciones que ubicarían el costo de remediación de los pozos en un rango de entre 300 y 700 millones de dólares, aunque aclaró que se trata de cálculos que deberán ser sometidos a pericia.
También comparó el acuerdo de Chubut con el alcanzado entre YPF y Santa Cruz, donde se habría establecido una compensación de 335 millones de dólares, además de otras obligaciones de remediación y reparación.
Desde el oficialismo provincial ya se había argumentado que ambos casos no son comparables, debido a las características diferentes de la explotación y a la situación de los yacimientos. Para Heredia, en cambio, la comparación resulta válida y el pasivo de Comodoro sería incluso mayor por la antigüedad de la explotación.
¿QUIÉN SE HACE CARGO DE LOS PASIVOS?
La presentación también incorpora al Estado Nacional como demandado.
Heredia explicó que cuando YPF dejó de ser una sociedad del Estado y pasó a convertirse en sociedad anónima se estableció un “corte histórico” respecto de determinados pasivos que, según su interpretación, comprometerían al Estado Nacional.
A eso suma otro cuestionamiento: la participación que debería tener la autoridad ambiental nacional en los procesos vinculados con el cierre y abandono de pozos.
Los amparistas piden, además, que se realice una pericia interdisciplinaria que permita determinar científicamente el alcance de los pasivos ambientales existentes.
POZOS, SELLADO Y RIESGO DE PERDER PRUEBAS
La acción no se limita a pedir la nulidad del acuerdo.
También solicita una medida cautelar para suspender sus efectos, impedir la eventual cesión de concesiones a terceros y evitar determinadas operaciones de sellado de pozos sin previa notificación judicial.
El objetivo, según explicaron los impulsores, es evitar que determinadas intervenciones puedan modificar o eliminar evidencias necesarias para establecer posteriormente la existencia y magnitud de posibles contaminaciones.
EL DESTINO DE LOS BIENES TAMBIÉN ESTÁ CUESTIONADO
Otro capítulo controvertido es el de los bienes que forman parte de la compensación: vehículos, inmuebles y otros elementos destinados a instituciones.
Heredia sostuvo que, desde su interpretación jurídica, una reparación ambiental no puede ser tratada como una negociación comercial ordinaria ni destinarse libremente a finalidades ajenas a la remediación o reparación ambiental.
También puso en duda que el acuerdo individualice suficientemente las tierras comprometidas y que YPF pueda disponer de ellas en los términos planteados.
Son cuestiones que ahora deberán ser analizadas por la Justicia.
UNA DISPUTA QUE YA NO ES SOLAMENTE POLÍTICA
El conflicto por la salida de YPF de Chubut comenzó como una discusión política y económica. La resistencia de sectores de Comodoro Rivadavia al acuerdo con la Provincia provocó cruces públicos entre el intendente y el gobernador, y también fuertes discusiones entre dirigentes políticos y legisladores nacionales vinculados con la ciudad petrolera y el Gobierno provincial.
La Municipalidad de Comodoro Rivadavia, además, inició su propia acción judicial, diferente de este amparo colectivo.
Ahora existe, entonces, más de una vía judicial abierta.
Lo que está en discusión excede los 25 millones de dólares.
La pregunta de fondo es quién determina cuánto vale un siglo de explotación petrolera, cuánto cuesta reparar sus consecuencias y quién tiene derecho a decidirlo.
Para los impulsores del amparo, la respuesta no puede surgir de un acuerdo entre partes celebrado sin la participación de la comunidad afectada y sin estudios científicos que determinen previamente la dimensión real del pasivo.
Será la Justicia Federal la que deberá comenzar a responder esa discusión.



