La jueza de ejecución penal, Dra. Yamila Carla Flores, resolvió este viernes revocar el beneficio de prisión domiciliaria al condenado Walter Ernesto March, y ordenó su traslado a un centro de detención para continuar el cumplimiento de la pena de tres años y ocho meses de prisión e inhabilitación, impuesta por el homicidio culposo agravado de cuatro personas en un siniestro vial ocurrido en ruta.
Durante la audiencia, el fiscal Mauricio Baigorria argumentó que, según el informe médico oficial del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF), no existen impedimentos físicos para que March cumpla su condena en un establecimiento carcelario.
Por su parte, el defensor particular Néstor Gabalachis cuestionó la suficiencia del informe médico oficial y solicitó que se permitiera una nueva evaluación, con intervención del médico tratante particular.
La defensa pidió expresamente que se reeditara la pericia médica bajo el argumento de que la salud del condenado podría verse agravada en contexto carcelario, citando el principio de humanidad del derecho penal, y la posibilidad de recurrir la sentencia todavía no firme. También dejó a resguardo el planteo para solicitar nuevamente el arresto domiciliario.
Sin embargo, la jueza rechazó el pedido de reedición de pericia y autorizó el ingreso de una notebook personal al establecimiento penitenciario, para que March pueda continuar con los cursos educativos que viene realizando bajo estímulo educativo.
La jueza Dra. Flores dejó asentado que, más allá de la existencia de dolencias físicas, no encontró elementos suficientes que impidan el cumplimiento efectivo de la pena en contexto carcelario.
La causa se identifica como “Walter Ernesto March s/ Incidente de Ejecución N° 2992”, y la condena fue impuesta por el Tribunal de Juicio de Puerto Madryn, con sentencia registrada el 15 de abril de 2025 bajo el número 1393/25.

