PLANETA MADRYN: UN PROCEDIMIENTO POR ALCOHOLEMIA TERMINÓ CON UN PEDIDO DE ALLANAMIENTO QUE FUE RECHAZADO

El caso comenzó con un taxi estacionado y un conductor que tenía 2,21 de alcohol en sangre. Pero la intervención policial derivó luego en el secuestro del vehículo, su traslado a una comisaría y, horas más tarde, la denuncia por la desaparición del rodado de esa dependencia. La Fiscalía pidió entonces un allanamiento para recuperarlo, pero la medida fue denegada por el juez de turno.

Lo que comenzó el domingo por la mañana como una alerta del Centro de Monitoreo terminó convirtiéndose en un procedimiento con varios puntos controvertidos y una investigación que todavía deja interrogantes.

Alrededor de las 8 de la mañana, el monitoreo alertó a la Comisaría Tercera sobre un taxi que llevaba varios minutos estacionado, con las luces encendidas, en inmediaciones de Piedrabuena y Villarino.

Una comisión policial concurrió al lugar y encontró al conductor dentro del vehículo. Según las actuaciones y declaraciones posteriores, presentaba signos evidentes de haber ingerido alcohol. Se convocó entonces a personal de Tránsito Municipal, que realizó el test de alcoholemia y obtuvo un resultado de 2,21 gramos de alcohol por litro de sangre.

Hasta allí, una intervención de tránsito ante una situación llamativa.

El problema aparece en la forma en que se documentó y continuó el procedimiento.

De acuerdo con la información reunida por Madryn Urbana, el vehículo se encontraba estacionado y no existe, en las actuaciones conocidas, una constatación de que hubiera sido visto circulando previamente.

Sin embargo, el acta habría consignado que el conductor se encontraba en estado de ebriedad al momento de conducir.

La diferencia no es menor. La normativa sanciona la conducción en estado de ebriedad, y la discusión que se planteó posteriormente fue precisamente si podía darse por acreditada esa conducta cuando el hombre fue encontrado dentro de un vehículo estacionado.

El juez que intervino posteriormente cuestionó ese aspecto y sostuvo,  que no corresponde presumir que una persona estaba conduciendo si ese hecho no fue acreditado.

El segundo problema: ¿qué ocurrió con el vehículo?

Una vez realizado el procedimiento de alcoholemia se dispuso el secuestro del taxi.

Pero, según surge de la reconstrucción del caso, personal de Tránsito habría informado que no disponía de una grúa en ese momento.

Ante esa circunstancia, un oficial de servicio de la Comisaría Tercera habría tomado la decisión de conducir el vehículo hasta la dependencia policial, donde quedó estacionado a la espera de ser retirado.

El procedimiento abrió otro interrogante: ¿por qué el vehículo fue llevado a la comisaría y no directamente al lugar destinado para los rodados secuestrados?

Y apareció luego un problema todavía mayor.

Cuando el personal policial regresó a la dependencia, el vehículo ya no estaba.

A partir de allí se comunicó la situación al Ministerio Público Fiscal y comenzó una búsqueda. Según consta en el pedido de allanamiento difundido, el rodado fue posteriormente localizado en el interior de un domicilio particular.

El pedido de allanamiento

Frente a esa situación, la Fiscalía solicitó al juez de turno una orden de allanamiento y registro del domicilio donde habría sido localizado el vehículo, además del secuestro del rodado, un teléfono celular y otros elementos que pudieran resultar de interés para la investigación.

La causa fue caratulada preventivamente como “sustracción de elementos secuestrados”.

Sin embargo, el pedido fue rechazado.

Desde ámbitos cercanos a Tribunales se explicó que la decisión estuvo vinculada, entre otros aspectos, con la falta de elementos suficientes para fundamentar la medida, la ausencia del acta de secuestro y las inconsistencias existentes sobre el procedimiento inicial.

También el juez cuestionó que se hubiera notificado el secuestro del vehículo al conductor cuando éste presentaba un elevado grado de intoxicación alcohólica, planteando dudas respecto de su capacidad para comprender en ese momento qué se le estaba comunicando.

El magistrado también señaló que, ante la falta de una grúa, correspondía adoptar otras medidas de custodia del rodado y cuestionó que un efectivo policial hubiera conducido un vehículo particular secuestrado.

Muchas preguntas para una sola intervención

El caso presenta, entonces, dos cuestiones diferentes que no deberían confundirse.

Una es la gravedad de la alcoholemia detectada. Un resultado de 2,21 es, sin dudas, elevado y genera una situación de riesgo si la persona se encuentra conduciendo.

Otra cuestión, jurídicamente distinta, es si quedó acreditado que esa persona estaba conduciendo cuando fue encontrada dentro del vehículo.

Y una tercera aparece después: cómo se realizó el secuestro, quién quedó a cargo de la custodia del vehículo y cómo fue posible que un rodado que se encontraba bajo custodia policial terminara fuera de la dependencia.

La discusión, por lo tanto, no pasa por minimizar el peligro de conducir alcoholizado. Pasa por algo más elemental: que las actuaciones del Estado deben ajustarse a las normas y que toda acusación debe poder ser acreditada con elementos concretos.

El resultado de alcoholemia puede ser contundente. Pero no necesariamente responde por sí solo la pregunta central del primer procedimiento: ¿estaba conduciendo o se encontraba estacionado?

Y tampoco explica cómo un vehículo secuestrado terminó desapareciendo de una dependencia policial para luego ser localizado en un domicilio particular.

Será la investigación la que determine responsabilidades y, eventualmente, si existieron irregularidades.

Por ahora, lo que queda es un procedimiento que comenzó con un taxi estacionado, siguió con una alcoholemia de 2,21, continuó con el traslado del vehículo a una comisaría y terminó con un pedido de allanamiento que la Justicia decidió no autorizar.

Más que una historia cerrada, el episodio dejó una serie de preguntas que deberán ser respondidas.

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